Buscar
Compromisos / CEDAW 1979

  
 

CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER. CEDAW. 1979
En 1979 la Asamblea General aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. La Convención enuncia, en una forma jurídicamente vinculante, los principios aceptados internacionalmente sobre los derechos de la mujer que se aplican a todas las mujeres en todos los ambitos.

La norma jurídica básica de la Convención es la "prohibición de todas las formas de discriminación contra la mujer". Esta norma no puede cumplirse meramente promulgando leyes en que no se trate con imparcialidad al hombre y a la mujer. Además de exigir que se reconozcan a la mujer derechos iguales a los de los hombres, la Convención va más allá, pues prescribe las medidas que han de adoptarse para asegurar que en todas partes las mujeres puedan gozar de los derechos que les asisten.

¿Por qué una Convención distinta y especial para la mujer?

La Carta Internacional de Derechos Humanos establece un amplio conjunto de derechos que se aplican a todas las personas, incluidas las mujeres. ¿Por qué entonces fue necesario adoptar un instrumento jurídico especial para la mujer?

Se consideró necesario contar con otros medios para proteger los derechos humanos de la mujer porque el mero hecho de su "humanidad" no ha sido suficiente para garantizar a las mujeres la protección de sus derechos. En el preámbulo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se explica que, a pesar de la existencia de otros instrumentos, las mujeres siguen sin tener derechos iguales a los de los hombres. La discriminación contra la mujer sigue existiendo en todas las sociedades.

La Convención fue aprobada por la Asamblea General en 1979 para reforzar las disposiciones de los instrumentos internacionales existentes destinadas a combatir la persistencia de la discriminación contra la mujer. Enumera muchos ámbitos concretos en que ha habido una discriminación notoria contra la mujer, por ejemplo, en los derechos políticos, el matrimonio y la familia, y en el empleo. En éstos y otros ámbitos, la Convención indica metas específicas y medidas que deben adoptarse para facilitar la creación de una sociedad mundial en que las mujeres gocen de la plena igualdad con los hombres y, así, puedan realizar plenamente sus derechos humanos garantizados.

Para combatir la discriminación por motivos de sexo, la Convención requiere a los Estados Partes que reconozcan la importante contribución económica y social de la mujer a la familia y la sociedad en su conjunto. Hace hincapié en que la discriminación obstaculiza el crecimiento económico y la prosperidad. También reconoce expresamente la necesidad de un cambio de actitudes, por medio de la educación, tanto en los hombres como en las mujeres, para que se acepte la igualdad de derechos y obligaciones y se superen los perjuicios y prácticas basados en funciones estereotipadas. Otra característica importante de la Convención es el reconocimiento explícito de la meta de una igualdad real, además de jurídica, y de la necesidad de medidas especiales de carácter temporal para alcanzarla.

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer puede ser una poderosa herramienta en la lucha por asegurar el derecho de las mujeres a la salud.

La salud de las mujeres no depende únicamente de una atención sanitaria adecuada, sino también de las condiciones sociales en relación con su situación – en la familia, actividad laboral y participación en la sociedad.

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer fue creado en virtud del artículo 17 de la Convención. La función que se le ha confiado consiste en vigilar la aplicación de la Convención por los Estados Partes.

Creación y composición del Comité

Según la Convención, el Comité está integrado por 23 expertos elegidos por sufragio secreto de una lista de personas "de gran prestigio moral y competencia en la esfera abarcada por la Convención", propuestas por los Estados Partes. En la elección de los miembros del Comité, se tiene en cuenta la distribución geográfica equitativa y la representación de diversas civilizaciones y sistemas jurídicos. El mandato de los miembros del Comité tiene cuatro años de duración. Aunque estén propuestos por sus propios gobiernos, los miembros desempeñan el cargo a título personal y no como delegados o representantes de sus países de origen.

¿Qué hace el Comité?

El Comité funciona como un sistema de vigilancia con el fin de examinar la aplicación de la Convención por los Estados que la hubieren ratificado o se hubieren adherido a ella. Esto se hace principalmente mediante el examen de los informes presentados por los Estados Partes. El Comité estudia esos informes y formula propuestas y recomendaciones sobre la base de su estudio. También puede invitar a organismos especializados de las Naciones Unidas a que envíen informes para su estudio y puede recibir información de organizaciones no gubernamentales. El Comité informa todos los años sobre sus actividades a la Asamblea General a través del Consejo Económico y Social, el cual transmite estos informes a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer para su información.

Si desea mas información sobre la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. CEDAW. 1979

Si desea mas información sobre el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer


Subir

 

 

Fondo de Poblacion de las Nacionas Unidas
© 2007 Fondo de Población de las Naciones Unidas. Reservados todos los derechos.